Alumnos/as con asignaturas pendientes
Al ser el área de música una disciplina eminentemente acumulativa y progresiva en cuanto a la adquisición y puesta en práctica de los diversos tipos de contenidos, aquellos alumnos o alumnas que hayan suspendido esta asignatura en cualquiera de los cursos de la ESO tendrán un seguimiento especial en el siguiente curso, especialmente en lo relativo al trabajo de los contenidos abordados.
Entendemos, por una parte, que en los alumnos que siguen cursando música, y en lo relacionado con el lenguaje musical, de superar con normalidad los contenidos musicales trabajados en el curso siguiente al que el alumno o alumna haya dejado pendiente, se habrá superado esta parte importante de la asignatura suspendida el año anterior, ya que los contenidos aprobados implican necesariamente la adquisición de un nivel superior en cuanto a los suspendidos el año anterior y por tanto la recuperación de lo no superado en su momento.
No obstante, cada curso plantea asimismo una especificidad propia en cuanto a cierto tipo de contenidos. Por ello el alumno o alumna con la asignatura pendiente del año o años anteriores tendrá que superar una prueba en la que demuestre haber asimilado correctamente los contenidos relacionados con esa parte de la asignatura cuyos contenidos son exclusivos de ese curso.
En cuanto a los alumnos o alumnas que tengan pendiente la música de 2º, 3º o 4º de ESO, y no cursen la asignatura de Música en el curso siguiente, el Departamento de Música establecerá al inicio de curso un calendario de atención de este alumnado en periodos de recreo, para poder realizar el consiguiente seguimiento de cara a que finalmente puedan adquirir los contenidos mínimos exigidos en el currículo para el curso o cursos no superados.
El alumnado en estas circunstancias será evaluado atendiendo a los criterios de calificación reseñados en esta programación para la generalidad del alumnado, y en todo caso sustituyendo el apartado "Guía de observación o registro anecdótico" por el de “Asistencia e interés” mostrado en las sesiones de recreo en las que el alumno/a sea citado para el seguimiento de la asignatura pendiente.
El alumno/a que no asista durante el curso a un mínimo del 50% de estas sesiones de seguimiento en periodos de recreo, y que no entregue lo requerido en ellas, perderá el derecho a la evaluación continua y tendrá que realizar una prueba global de toda la asignatura suspensa al final del curso académico de referencia, en la fecha que el Departamento determine.
Los alumnos con asignaturas pendientes del Departamento de Música que no la cursen en el año actual, deberán ponerse en contacto con el Departamento a lo largo del primer trimestre del curso para concretar el trabajo a realizar por el alumno/a.
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